Este martes, el Senado Provincial dio media sanción al proyecto de ley que declara la necesidad de la reforma parcial de la Constitución provincial. Fue tras alcanza la mayoría especial de dos tercios requerida, con seis votos a favor y tres en contra.

La iniciativa contempla la modificación de 23 artículos de la Constitución, la incorporación de otros 23 y la creación de cuatro capítulos nuevos.

La aprobación se produjo luego de ocho reuniones de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Labor Parlamentaria del Senado, en las que participaron el vicegobernador y presidente del Senado, Ricardo Endeiza; el presidente de la Cámara de Diputados, Alberto Leyes; senadores y diputados provinciales; el abogado Cristian Altavilla; el director general de Enlace Parlamentario de la Provincia, José Giraudo; la ministra del Superior Tribunal de Justicia, Carolina Monte Riso; el procurador general de la Provincia, Eduardo Cadelago Filippi; y la defensora general de la Provincia, Marcela Torres Cappiello.

En el último encuentro, que se extendió durante más de tres horas, también participaron autoridades, docentes y estudiantes de la Universidad Católica de Cuyo y de la Universidad Nacional de San Luis.

Uno de los puntos centrales es la modificación del artículo 147 para establecer la prohibición absoluta de reelección después de dos períodos, sean consecutivos o alternados, para quien ocupe la Gobernación. Además, el proyecto establece que el período constitucional 2023-2027 será computado como primer mandato a los efectos de esta limitación.

La propuesta también plantea modificar el funcionamiento y el calendario electoral del Poder Legislativo. El período de sesiones ordinarias se extendería desde el 15 de marzo hasta el 31 de diciembre, mientras que Diputados y Senado pasarían a renovarse en su totalidad cada cuatro años, en elecciones coincidentes con la de gobernador.

Para implementar el nuevo esquema, se prevé una cláusula transitoria que prorroga hasta 2031 los mandatos de los legisladores elegidos en 2025 que originalmente vencen en 2029. A partir de las elecciones de 2031, ambas cámaras se renovarían completamente cada cuatro años. El mismo criterio alcanzaría a los concejos deliberantes, cuya renovación total se realizaría en la misma oportunidad que la de las autoridades provinciales.

Otro de los ejes centrales es la reforma del sistema judicial. La iniciativa propone garantizar la independencia del Ministerio Público mediante su separación del Poder Judicial y establecer una estructura de doble dirección, conformada por una Defensoría General y una Procuración General.

También prevé la creación de un Consejo del Ministerio Público, encargado de intervenir en la selección de los miembros inferiores del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, y un Jurado de Destitución propio. El Procurador General y el Defensor General serían designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.

La reforma también habilita modificaciones en la composición y el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, con la incorporación de representantes de la academia y del Senado provincial.

El Consejo deberá elaborar un orden de mérito sobre la base de los concursos de antecedentes y la terna elevada al Poder Ejecutivo será vinculante, aunque éste podrá apartarse del orden propuesto mediante una decisión fundada.

Además, se establece una permanencia mínima de cuatro años en el cargo para los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público como requisito para acceder a nuevas funciones y se eleva de tres a cinco años la exigencia de ejercicio profesional o desempeño en determinadas funciones judiciales prevista para acceder a la magistratura.

La iniciativa también establece un límite de 75 años para los miembros del Poder Judicial, del Ministerio Público y del Tribunal de Cuentas. Alcanzada esa edad, se podrá analizar su continuidad mediante una nueva designación con acuerdo del Senado a propuesta del Poder Ejecutivo.

Entre los cambios propuestos para los organismos de control se encuentra una modificación en la composición del Tribunal de Cuentas. Dos de sus miembros designados por la Asamblea Legislativa deberán ser propuestos uno por la mayoría y otro por la primera minoría. Si ello no fuera posible, uno corresponderá a la primera minoría y otro a la segunda.

También se amplía el universo de funcionarios que podrán ser sometidos a juicio político. Se incorporan los miembros del Superior Tribunal de Justicia y del Tribunal de Cuentas, el Defensor General, el Procurador General, el Fiscal de Estado, el Contador General y el funcionario técnico responsable del área de Agua.

El proyecto de reforma también busca otorgarle jerarquía constitucional al agua como derecho humano y recurso estratégico. Su administración quedaría a cargo de un funcionario técnico con acreditada idoneidad, designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado y con un mandato de cinco años.

Otro de los puntos habilitados es la incorporación de capitales alternas en distintos lugares del territorio provincial. Estas deberán ser determinadas mediante una ley especial de la Legislatura y durante los días en que el Poder Ejecutivo y su gabinete de ministros se constituyan en alguna de ellas esa localidad será considerada capital de la Provincia.

La reforma habilita además la incorporación de principios y derechos vinculados con las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial. Entre ellos se encuentran la identidad digital, el uso ético de las tecnologías, la protección de la dignidad humana, la protección de datos frente a algoritmos y el acceso universal a la conectividad.

También se propone incorporar el hábeas data como mecanismo de protección de los datos personales y principios vinculados con el acceso a la información pública y un gobierno abierto y transparente.

El proyecto presentado define como uno de los objetivos de la reforma la modernización de la arquitectura institucional de la Provincia y la adecuación de la Constitución a estándares nacionales e internacionales, junto con la incorporación de nuevos derechos.

Entre los cambios en el régimen electoral se habilita la incorporación del sistema de doble vuelta o balotaje para la elección de gobernador y vicegobernador con el objetivo de garantizar una mayor legitimidad popular de la fórmula electa.

La propuesta habilita también modificar el artículo 75 para incorporar la obligatoriedad de la escolaridad desde los tres años de edad y de la educación secundaria.

Otro de los núcleos del proyecto es la incorporación de una cláusula federal destinada a reafirmar la autonomía provincial en consonancia con la reforma de la Constitución Nacional de 1994.

La propuesta contempla el ejercicio pleno de los poderes y competencias no delegados al Gobierno federal, el poder de Policía y tributario de la Provincia sobre establecimientos de utilidad nacional radicados en su territorio y la participación de San Luis en estudios, planes y decisiones de la Administración federal, además del debate de un nuevo régimen de coparticipación.

Asimismo, se habilita la incorporación de un capítulo sobre relaciones intergubernamentales e internacionales, que contemple la facultad provincial para celebrar convenios de inversión y cooperación directa y establezca principios generales para las relaciones con otros niveles de gobierno, tanto dentro del país como a nivel internacional.

El proyecto también propone modificar el plazo constitucional para la presentación del Presupuesto provincial. La fecha, actualmente establecida antes del 31 de agosto, pasaría al 30 de septiembre inclusive.

Al finalizar su intervención, Olivero volvió sobre el proceso de análisis previo que tuvo la iniciativa: “En las ocho reuniones que tuvimos en la Comisión de Asuntos Constitucionales, en las que participaron instituciones intermedias, vieron que era una reforma totalmente transparente y con el único objeto de dotar de mayor institucionalidad a nuestro sistema republicano”.

Ahora, el proyecto será remitido a la Cámara de Diputados para continuar su tratamiento legislativo y en caso de completar el proceso y convertirse en ley, serán los convencionales elegidos por el voto popular quienes tendrán a su cargo debatir y resolver las modificaciones constitucionales comprendidas dentro de los temas expresamente habilitados.

Con información de Agencia de Noticias

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