El Juzgado de Garantía N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial tuvo por formulados los cargos contra Santiago Sebastián González, de 24 años, quien es investigado por los delitos de homicidio culposo agravado en concurso ideal con lesiones graves culposas, en el marco de un accidente de tránsito ocurrido el 5 de abril de 2026 sobre la Autopista N° 55, entre los kilómetros 860 y 863, en jurisdicción de Naschel.

Durante la audiencia, el fiscal de Instrucción N° 1, César Hugo Salazar Molina, acompañado por la fiscal adjunta Andrea Yamil Aguilar, sostuvo que alrededor de las 3:22 de la madrugada Gonzáles conducía un Chevrolet Astra desde Tilisarao hacia el local bailable State, en Naschel, acompañado por Héctor Federico Aguilera, Francisco Valentín González, Eduardo Alfredo Ramírez y José Gabriel Salinas.

“El grupo había participado previamente de un cumpleaños donde se consumieron bebidas alcohólicas y durante el trayecto, el imputado condujo de manera imprudente, negligente y antirreglamentaria. Si bien la velocidad estimada por las pericias —entre 106,6 y 110 kilómetros por hora— no superaba el límite permitido para la autopista, la Fiscalía considera que era inadecuada para las condiciones existentes, debido a la lluvia, la escasa visibilidad, la acumulación de agua sobre la calzada y la oscuridad”, señalaron.

De acuerdo con la imputación, el conductor perdió el control del vehículo mientras circulaba sobre la carpeta asfáltica y se desplazó unos 70 metros por la banquina, derrapó en varias oportunidades y chocó contra un árbol en su lateral derecho.

Como consecuencia del impacto, Francisco Valentín González, Eduardo Alfredo Ramírez y José Gabriel Salinas fueron despedidos del vehículo y fallecieron en el lugar a raíz de los politraumatismos sufridos. En tanto, Héctor Federico Aguilera sufrió fracturas en el brazo, hombro y escápula, además de contusiones pulmonares, mientras que Gonzales también resultó lesionado. Ambos fueron trasladados al Hospital Central “Dr. Ramón Carrillo”.

La investigación también determinó que, tras el siniestro, al conductor se le practicó un test de alcoholemia mediante un alcoholímetro homologado, el cual arrojó un resultado de 0,79 gramos de alcohol por litro de sangre.

Para sostener la imputación, la Fiscalía incorporó una amplia cantidad de evidencias, entre ellas actuaciones policiales, pericias accidentológicas, croquis del lugar, el test de alcoholemia, informes médicos y forenses, entrevistas a testigos, material fílmico, documentación del vehículo e informes de organismos especializados. Además de imputarlo por homicidio culposo agravado y lesiones graves, el fiscal solicitó como medidas cautelares que el imputado deba presentarse una vez por mes a firmar el libro de imputados durante 120 días, que se le prohíba salir del país mientras dure la investigación, que sea inhabilitado para conducir por ese mismo plazo y que realice un curso de seguridad vial.

Las tres querellas particulares adhirieron a la teoría del caso, a la calificación legal provisoria y al plazo de investigación solicitado por el Ministerio Público Fiscal. Por su parte, González se abstuvo de declarar y su defensa, representada por Omar y Pablo Uría, no formuló objeciones a la imputación ni al plazo requerido para la investigación.

Al resolver, el juez Valentín Fornasari tuvo por formulados los cargos y otorgó el plazo de 120 días para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.  En cuanto a las medidas de coerción solicitadas por la Fiscalía, el magistrado ordenó que el imputado firme mensualmente el libro de imputados en la comisaría más cercana a su domicilio durante el plazo de la investigación y le prohibió salir de la provincia de San Luis sin autorización judicial.

En cambio, rechazó los pedidos de inhabilitación para conducir y de realización obligatoria de un curso de seguridad vial al considerar que esas medidas no se encuentran previstas como medidas de coerción en el ordenamiento procesal. También desestimó la solicitud de prohibir el acercamiento del imputado a determinados testigos, al entender que esa restricción podría afectar el ejercicio del derecho de defensa.

En representación de los familiares de las víctimas intervinieron como querellantes Juan Marcelo Flores Ponce, en representación de un familiar de Francisco Valentín González; Juan Orlando Villegas, en representación de un familiar de Eduardo Alfredo Ramírez; y Raúl Nicolás Godoy, en representación de un familiar de José Gabriel Salinas.

Con información de prensa del Poder Judicial

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